08-06-2026 AYUDAS CREA COMERCIO 2026 (CMMOPY)
Beneficiarios
Personas físicas y sociedades mercantiles calificadas como Pymes o Micropymes (también CB, SC, etc), que ejerzan la actividad comercial en la Comunidad Valenciana.
Actividades subvencionables
Comercios minoristas incluidos en las siguientes agrupaciones del IAE (Real Decreto Ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6,:
- Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5.
- Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.
Cuantía
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Subvención de hasta el 50 % de la inversión subvencionable.
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Inversión mínima: 3.000 €.
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Ayuda máxima: 40.000 € acumulados en tres ejercicios.
¿Qué inversiones pueden acogerse a la ayuda CREA COMERCIO 2026?
La convocatoria subvenciona inversiones destinadas a la modernización y mejora de establecimientos comerciales, incluyendo obras en la zona de venta, mobiliario y equipamiento comercial, rótulos y señalización, sistemas de seguridad, actuaciones de accesibilidad, eficiencia energética y gestión de residuos, así como inversiones en digitalización, aplicaciones informáticas, páginas web, venta online e integración en plataformas de comercio electrónico.
Plazo de solicitud
Del 9 al 25 de junio de 2026, ambos inclusive, exclusivamente por vía telemática.
Requisitos
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Tener la condición de pyme o microempresa.
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Ejercer una actividad comercial subvencionable.
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Desarrollar la actividad comercial en la Comunitat Valenciana y realizar la inversión en un establecimiento ubicado en la Comunitat Valenciana.
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Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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Presentar memoria descriptiva, presupuesto o facturas proforma y declaración de ayudas de minimis.
Obligaciones
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Ejecutar la inversión y justificarla dentro de los plazos establecidos.
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Mantener los bienes subvencionados durante al menos 2 años (5 años si son bienes inscribibles).
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Conservar facturas y justificantes de pago.
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Dar publicidad al apoyo recibido de la Generalitat cuando corresponda.
Plazos de ejecución y justificación
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Inversiones realizadas hasta el 31 de octubre de 2026.
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Justificación hasta el 9 de noviembre de 2026.
Recomendación
Dado que el plazo de presentación es muy reducido, se recomienda preparar la documentación y solicitar la ayuda cuanto antes. La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva y se valorarán aspectos como digitalización, comercio electrónico, pertenencia a asociaciones de comerciantes, ubicación en municipios pequeños y medidas de igualdad.
Para más información https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G2921
Puede realizar su consulta en cualquiera de las agencias Creama (Benissa, Calp, Dénia, El Verger, Gata, Pedreguer, Pego, Teulada-Moraira, Xàbia)
