Noticia

08-06-2026  AYUDAS CREA COMERCIO 2026 (CMMOPY)

Beneficiarios

Personas físicas y sociedades mercantiles calificadas como Pymes o Micropymes (también CB, SC, etc), que ejerzan la actividad comercial en la Comunidad Valenciana.

Actividades subvencionables

Comercios minoristas incluidos en las siguientes agrupaciones del IAE (Real Decreto Ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6,:

   - Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5.

   - Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.

Cuantía

  • Subvención de hasta el 50 % de la inversión subvencionable.

  • Inversión mínima: 3.000 €.

  • Ayuda máxima: 40.000 € acumulados en tres ejercicios.

¿Qué inversiones pueden acogerse a la ayuda CREA COMERCIO 2026?

La convocatoria subvenciona inversiones destinadas a la modernización y mejora de establecimientos comerciales, incluyendo obras en la zona de venta, mobiliario y equipamiento comercial, rótulos y señalización, sistemas de seguridad, actuaciones de accesibilidad, eficiencia energética y gestión de residuos, así como inversiones en digitalización, aplicaciones informáticas, páginas web, venta online e integración en plataformas de comercio electrónico.

Plazo de solicitud

Del 9 al 25 de junio de 2026, ambos inclusive, exclusivamente por vía telemática.

Requisitos

  • Tener la condición de pyme o microempresa.

  • Ejercer una actividad comercial subvencionable.

  • Desarrollar la actividad comercial en la Comunitat Valenciana y realizar la inversión en un establecimiento ubicado en la Comunitat Valenciana.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  • Presentar memoria descriptiva, presupuesto o facturas proforma y declaración de ayudas de minimis.

Obligaciones

  • Ejecutar la inversión y justificarla dentro de los plazos establecidos.

  • Mantener los bienes subvencionados durante al menos 2 años (5 años si son bienes inscribibles).

  • Conservar facturas y justificantes de pago.

  • Dar publicidad al apoyo recibido de la Generalitat cuando corresponda.

Plazos de ejecución y justificación

  • Inversiones realizadas hasta el 31 de octubre de 2026.

  • Justificación hasta el 9 de noviembre de 2026.

Recomendación
Dado que el plazo de presentación es muy reducido, se recomienda preparar la documentación y solicitar la ayuda cuanto antes. La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva y se valorarán aspectos como digitalización, comercio electrónico, pertenencia a asociaciones de comerciantes, ubicación en municipios pequeños y medidas de igualdad.

Para más información https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G2921

Puede realizar su consulta en cualquiera de las agencias Creama (Benissa, Calp, Dénia, El Verger, Gata, Pedreguer, Pego, Teulada-Moraira, Xàbia)

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